Marlaska podrá ocultar información policial y de seguridad invocando "intereses de España" sin que el Congreso pueda fiscalizarlo


 

El Ministerio del Interior está tramitando una orden ministerial que le permitirá clasificar buena parte de la información que maneja apelando a unos genéricos "intereses de España". Un proyecto de norma interna, bajo el título de Política de seguridad de la información clasificada nacional y de la información sensible del Ministerio del Interior, que crea una categoría nueva y amplía el perímetro de opacidad dentro del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.
El texto aún no ha llegado al Boletín Oficial del Estado. Y nunca irá al Congreso ni al Senado. A pesar de que marca un antes y un después en el control político sobre qué puede conocerse y qué no de la actividad de Interior.

La llave maestra de la opacidad

La orden permite a Interior declarar "confidencial" la información cuya difusión pueda causar "una amenaza o un perjuicio" a los "intereses de España". Y crea un nuevo cuerpo de autoridades capacitadas para restringir como "de difusión limitada" aquella cuya revelación sea "contraria" a esos mismos intereses.
Estas fórmulas abiertas no remiten a un catálogo cerrado de supuestos. Remiten a valoraciones que hará la propia cúpula del Ministerio sobre expedientes policiales, penitenciarios, de seguridad o de coordinación con otros Estados.
En la práctica, se abre una puerta trasera para blindar desde informes internos hasta comunicaciones con otros organismos cuando se considere que su publicidad incomoda al Gobierno.

Reserva de ley, vulnerada

Todo este sistema se diseña y se aprobará sin pasar por las Cortes. La herramienta elegida no es una ley. Es una orden ministerial firmada por el propio Marlaska. Lo que podría vulnerar el principio constitucional de reserva de ley, según fuentes parlamentarias.
El régimen de clasificación que establece condiciona de forma directa el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y afecta a la libertad de información. El debate sobre los límites al secreto de Estado y a la transparencia se desplaza así del Parlamento a un texto interno que solo controla el propio Ejecutivo.

La escala paralela de lo "sensible"

El proyecto de Interior no se limita a fijar dos niveles de clasificación. Crea toda una escala paralela de "información sensible". Esa etiqueta, que no existe en la vieja Ley de Secretos Oficiales de 1968, se aplicará a documentos que, sin llegar a clasificados, también verán restringido su acceso y su difusión.
Dentro de la información sensible se distinguen hasta tres subniveles: "uso oficial", "uso interno" y "uso público", con límites específicos para cada uno. La "información sensible de uso oficial" sólo podrá circular dentro del Ministerio del Interior o entre personas y entidades que trabajen para él. Y se someterá a un plazo de vigencia de cinco años, prorrogable dos veces más por periodos de otros cinco años.
En la práctica, determinados expedientes podrían mantenerse cerrados hasta 15 años sin que exista un mandato legal externo que obligue a su revisión. La categoría "uso interno" se reserva a documentación que ni siquiera saldrá del propio departamento, salvo instrucciones específicas.

Once cargos políticos con poder para clasificar

A las motivaciones generalistas de "intereses de España" se añade una capa de mayor discrecionalidad. La orden ministerial otorga poderes para clasificar información a once cargos políticos.
Hasta ahora, esa función se centraba en la Secretaría de Estado de Seguridad. Con la nueva orden, esa responsabilidad se reparte entre el ministro, la Secretaría de Estado, la Subsecretaría, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la Dirección General de la Policía, la de la Guardia Civil, la de Coordinación y Estudios, el CITCO, la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad, y las direcciones adjuntas de Policía y Guardia Civil.
Once cargos de elección política. Once llaves para cerrar la transparencia.

Sin garantías, sin recursos, sin control

La orden no solo clasifica información. También decide quién puede verla. El criterio que establece la norma es el llamado principio de "necesidad de conocer". Es decir, sólo accede a un expediente confidencial, limitado o sensible quien acredite que lo necesita para una tarea concreta. Y la decisión sobre si esa necesidad existe o no recae en los mismos once cargos políticos.
Ciudadanos, medios de comunicación y representantes parlamentarios no tienen ninguna vía directa para acceder a los expedientes afectados. Una solicitud a través del Portal de Transparencia puede ser denegada, sin más explicación. Y los órganos externos de control sólo pueden acceder si existe una obligación legal expresa que lo imponga.
Además, no figura en el documento sometido a información pública ningún procedimiento previsto para impugnar una clasificación, ni plazos de respuesta ni los recursos disponibles. Se reservan para el articulado de la orden, que aún no es público.

Las críticas que llegan tarde

Todo este entramado se regula mediante una simple orden ministerial, al margen del Proyecto de Ley de Información Clasificada que sigue bloqueado en el Congreso y que ha recibido críticas del Consejo de Estado, el Consejo de Transparencia, el CGPJ y el Consejo Fiscal.
Fuentes parlamentarias recuerdan que el artículo 105 de la Constitución, que reconoce el derecho de acceso a archivos y registros administrativos, exige una regulación por ley de sus límites, no por una norma interna dictada por el propio departamento afectado.
"Si una orden condiciona de facto qué se puede conocer y qué no, y durante cuánto tiempo, está entrando en un terreno que corresponde al legislador, no al ministro", señalan las mismas fuentes.

La oposición acusa de "patrón de opacidad"

Fuentes parlamentarias del Partido Popular enmarcan esta maniobra en un "patrón de opacidad creciente" en el departamento de Marlaska. Recuerdan que el Gobierno acumula "récords de reclamaciones" ante el Consejo de Transparencia por denegar información sobre gastos, viajes oficiales o contratos.
"Después de los escándalos por la desaparición del expediente policial de un diputado del PSOE, la gestión de Barbate o la destitución de mandos incómodos, ahora lo que pretenden es blindar normativamente el acceso a casi todo lo que pasa en Interior", apuntan estas fuentes.

Y siempre igual

¿Por qué tramitar esta norma como orden ministerial y no como ley? Si no hay nada que ocultar, ¿por qué evitar el debate parlamentario? También cabe preguntarse qué información concreta se verá afectada por esta clasificación y qué garantías existen contra la "clasificación defensiva". Queda por ver si el texto final de la orden incluirá alguna garantía de transparencia que ahora no figura, si los órganos consultivos recurrirán esta norma ante los tribunales o si el Parlamento exigirá que se tramite como ley.
Al final, cuando un ministro puede decidir qué información es confidencial sin control externo, sin debate público y sin recursos para impugnar, la transparencia deja de ser la norma para convertirse en la excepción. Y cuando eso ocurre, la democracia se debilita poco a poco, con normas que no se debaten, con información que no se publica y con preguntas que no se responden. Hasta que un día, los ciudadanos descubren que ya no pueden saber. Y para entonces, ya es tarde.

Fuentes: El Español, Europa Press, Ministerio del Interior, Consejo de Transparencia, Consejo de Estado, CGPJ, fuentes parlamentarias
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