La Unión Europea permite eximir del IVA a los autónomos que facturen hasta 85.000 euros al año. Es una directiva de 2020. El plazo máximo para aplicarla expiró el 1 de enero de 2025. España no lo ha hecho. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción. Ha enviado cartas, dictámenes motivados, advertencias. Y mientras, 3,4 millones de autónomos siguen presentando declaraciones trimestrales que podrían evitar. La pregunta es inevitable: ¿por qué un Gobierno que dice proteger al trabajador retrasa una medida que Bruselas considera básica?
Hay retrasos que se entienden. Y hay retrasos que, cuando los miras de cerca, no cuadran. Cuando la Unión Europea te da una herramienta para aliviar la carga fiscal de millones de trabajadores, cuando te marca un plazo, cuando te recuerda que es obligatorio... y tú no la aplicas, algo hay que explicar.
Y hasta ahora, el Gobierno no ha explicado nada.
Los hechos: qué permite Europa, qué ignora España
El Partido Popular llevará esta semana al Congreso una Proposición No de Ley para instar al Gobierno a implantar un régimen de exención del IVA para los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. La medida forma parte del plan de apoyo a los trabajadores por cuenta propia presentado por Alberto Núñez Feijóo.
Pero no es una idea del PP. Es una obligación europea.
La Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de la Unión Europea permite establecer un régimen especial de franquicia del IVA para negocios con una facturación anual inferior a 85.000 euros. El objetivo es reducir las cargas fiscales y administrativas que soportan los pequeños negocios.
España cuenta con más de 3,4 millones de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Representan alrededor de la mitad de las empresas activas del país. Generan más de 1,1 millones de empleos.
Y siguen esperando.
El procedimiento de infracción: cuando Bruselas pierde la paciencia
La propuesta llega en un momento particularmente tenso con Bruselas. La Comisión Europea mantiene abierto un procedimiento de infracción contra España por no haber incorporado a su legislación este régimen especial del IVA.
El Ejecutivo comunitario envió primero una carta de notificación formal al Gobierno. Posteriormente remitió un dictamen motivado al constatar que la normativa seguía sin aplicarse.
Según fuentes comunitarias, las autoridades españolas reconocieron que no habían aprobado las disposiciones necesarias y se comprometieron a hacerlo antes de finales de 2025. Aunque por ahora no consta que se haya notificado su cumplimiento.
En caso de persistir el incumplimiento, el procedimiento podría acabar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
No es un trámite menor. Es un expediente que puede terminar en multa. En condena. En vergüenza institucional.
Qué es el IVA franquiciado: simplificación a cambio de renuncias
El sistema que plantea la normativa europea, conocido como IVA franquiciado, permite a determinados autónomos quedar exentos de repercutir este impuesto en sus facturas siempre que no superen el umbral de facturación anual fijado por cada país, con un máximo de 85.000 euros.
Fuentes del sector explican que este régimen supone sobre todo una simplificación administrativa. Los profesionales que se acogieran a él no tendrían que presentar las declaraciones trimestrales del IVA ni el resumen anual del impuesto.
A cambio, estos autónomos tampoco podrían deducir el IVA soportado en sus compras ni incluir el impuesto en las facturas que emitan a sus clientes. El régimen es voluntario: los autónomos pueden optar por seguir aplicando el sistema ordinario del impuesto.
No es una rebaja de impuestos. Es una rebaja de papeleo. De gestorías. De horas perdidas en trámites que no aportan nada.
El "Contrato con los Autónomos": propuesta del PP, silencio del Gobierno
La iniciativa forma parte del denominado "Contrato con los Autónomos" presentado por Feijóo. Un paquete de medidas con el que el PP plantea reducir impuestos y trámites para los trabajadores por cuenta propia.
Entre las propuestas incluidas en este plan figuran también la llamada "tarifa cero" para nuevos autónomos, la reducción de declaraciones fiscales o la exención temporal de cotizaciones en determinados supuestos.
Pero la medida del IVA no es partidista. Es europea. Y su retraso no tiene color político: tiene nombre y apellido, Gobierno de España.
Bruselas también reclama movilidad transfronteriza
La Comisión Europea ha señalado que España no ha adoptado las medidas necesarias para permitir que las empresas españolas puedan acogerse a este régimen cuando venden bienes o servicios en otros Estados miembros. Una obligación que sí establece la directiva.
En un mercado único, esta capacidad es crucial. Un autónomo español que vende servicios digitales a clientes en Francia, Alemania o Italia debería poder acogerse a este régimen sin trámites adicionales.
España no lo ha facilitado. Y mientras, autónomos de otros países europeos sí pueden operar con esta ventaja competitiva.
Preguntas que vale la pena hacerse
¿Por qué un Gobierno que dice proteger al trabajador retrasa una medida que alivia su carga administrativa? ¿Es burocracia? ¿Es ideología? ¿O es que hay algo que no conviene explicar?
También cabe preguntarse por el impacto real: ¿cuántos autónomos se acogerían a este régimen? ¿Cuánto ahorrarían en gestoría y trámites? ¿Y cuánto dejaría de recaudar Hacienda?
Y sobre todo: ¿cuántas multas de Bruselas hacen falta para que el Gobierno cumpla con lo que firmó?
Contexto para entender el momento
El retraso en la transposición de esta directiva no ocurre en el vacío. Se produce en un momento de máxima tensión fiscal para los autónomos: subida de cotizaciones, presión tributaria, inflación en los costes, competencia desleal de plataformas digitales.
Además, España tiene una de las tasas de autónomos más altas de Europa. Más de la mitad de las empresas activas del país son trabajadores por cuenta propia. Cualquier medida que afecte a este colectivo tiene impacto directo en la economía real.
Reflexión final
No se trata de elegir entre un partido u otro. Se trata de exigir que lo que se firma en Europa se cumpla en España. Cuando Bruselas da una herramienta, no es un regalo. Es un derecho. Y cuando un Gobierno retrasa su aplicación, no es un olvido. Es una decisión.
Los 3,4 millones de autónomos no son un número. Son familias. Son negocios. Son personas que se levantan cada día para facturar, para pagar, para cumplir. Y cuando la ley les facilita la vida, tienen derecho a que esa ley se aplique.
Sin excusas. Sin retrasos. Sin que Bruselas tenga que recordar lo que ya estaba escrito.
Datos clave
- Directiva europea: Directiva (UE) 2020/285 del Consejo, permite exención de IVA para autónomos que facturen hasta 85.000 euros anuales.
- Plazo de transposición: Expiró el 1 de enero de 2025; España no ha cumplido.
- Procedimiento de infracción: Comisión Europea ha enviado carta de notificación formal y dictamen motivado; caso podría acabar en el Tribunal de Justicia de la UE.
- Autónomos afectados: Más de 3,4 millones de afiliados al RETA en España; representan ~50% de empresas activas; generan más de 1,1 millones de empleos.
- Beneficios del régimen: No presentar declaraciones trimestrales de IVA ni resumen anual; reducción de trámites fiscales y costes de gestoría.
- Contrapartidas: No deducir IVA soportado en compras; no incluir IVA en facturas emitidas a clientes.
- Carácter: Voluntario; los autónomos pueden optar por seguir en régimen ordinario.
- Movilidad transfronteriza: España tampoco ha permitido que autónomos españoles se acojan al régimen cuando venden en otros Estados miembros.
- Propuesta del PP: Proposición No de Ley esta semana en Congreso; parte del "Contrato con los Autónomos" de Feijóo.
- Compromiso del Gobierno: Autoridades españolas reconocieron el retraso y se comprometieron a cumplir antes de finales de 2025; sin notificación de cumplimiento hasta la fecha.
Fuentes: El Debate, Comisión Europea, Ministerio de Hacienda, Partido Popular, datos del RETA
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